Consejos
Adición a la LFPC
Articulo ().- Las operaciones de compra a empresas que comercialicen articulos que por sus características o dimensiones no puedan ser retirados del establecimiento (muebles, linea blanca, material de construccion, maquinaria, etc.) inmediatamente por el consumidor o requieran de transporte especial y que este sea ofrecido por la empresa para entrega a domicilio se sujetaran a lo siguiente:
I. Si el pago del importe del articulo es en efectivo este se hara en dos exhibiciones del 50%, el primero al momento de formalizar la compra y el segundo en un plazo que no excederá de 48 horas a partir de que el cliente reciba el articulo en su domicilio; de no cumplir con el plazo anterior la empresa podra ejercitar las acciones legales correspondientes.
II. Si el pago es con cargo a tarjeta de credito, este se realizara una vez que el cliente haya recibido el producto en su domicilio teniendo este un plazo no mayor de 48 horas para realizar su pago; de no cumplir con el plazo anterior la empresa podra ejercitar las acciones legales correspondientes.
III. En ambos casos el cliente esta obligado previamente a firmar un pagare por el total del valor del articulo y la empresa retendra la factura hasta que le sea acreditado el pago total del mismo.
IV. La empresa se obliga a cumplir con la entrega del articulo en la fecha estipulada en el contrato o nota de remision, y en caso de no cumplir con la fecha pactada el cliente podra solicitar a partir del dia siguiente la cancelacion de la compra asi como solicitar la devolucion del total del importe pagado asi como del pagare firmado.
V. La empresa esta obligada a tener disponible el importe de la devolucion en su caso y la devolucion no podra exceder de 48 horas, que de no cumplirse la empresa debera pagar al cliente un 20% extra.
VI. el contrato o nota de remision debera contener la leyenda. La presente operación queda sujeta a lo dispuesto por el articulo () de la LFPC.
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Comentarios sobre esta queja
Se vale soñar Carl73. Los diputados la harian bolita y a la basura, creeme. Esos tipos no ven para bien del ciudadano sino para el bien de ellos mismos. Sólo setán para robar del presupuesto público. No es por mala onda y tu idea puede ser buena pero esos son sueños guajiros. Un saludo, mi estimado.
Pues tiene razón NEO, esta como la ley de estacionamientos, te cobran tarifas por hora carísimas por un pedazo de pavimento, a parte de lo que consumes en la plaza comercial y todavía se atreven a decirte que si te roban o hay algún percance no se hacen responsables, y para acabarla de amolar boleto perdido entre $50 y $600!!!!!! WTF!!! y según disque los iban a regular pero como la mayoria de los dueños eran compadres de los mismos legisladores, ps solo se quedó en vamos.
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