Caso 165705    sin calif  (0 calificaciones) Cía: Eloutletdemexico.com10/04/23

Eloutletdemexico.com son unos ladrones

Eloutletdemexico.com
Hice un pedio de un refrigerador por 6,500 pesos. Deposité en su cuenta, Eloutletdemexico.com me respondieron de recibido el pago y luego simplemente cortaron comunicación y no me entregaron nada. Tengo todos los documentos que prueban que se hizo el pedido, el contacto, el seguimiento los depósitos, la cuenta abierta en el sitio y los mensajes enviados por WhatsApp.


De verdad es increíble que no estén previamente identificados como ladrones. El día de hoy me topé que el sitio ha sido suspendido y que no se pueden contactar más. Creo que es el momento de hacer una denuncia penal, ya que según un buen amigo abogado, esto está tipificado como fraude por medio cibernéticos, además de ser un abuso de confianza e involucrar una institución financiera como custodio de una cuenta de personas que se dedican a engañar a los consumidores, robando su dinero...
Desde mi punto de vista ya hemos llegado a un punto donde quedar impune es algo cotidiano y claramente los ciudadanos comunes, estamos cansados de personas y gobierno criminales.


A partir de hoy hago un llamado a todas las personas que han sufrido de un crimen de este tipo o cualquiera, a quienes la justicia los ha abandonado, para que nos unamos en una voz, que por hoy será pacífica, sin embargo si no recibimos respuesta y apoyo tendremos que aplicar métodos más productivos para empezar poco a poca a recuperar el terreno perdido.


Les comparto en este artículo un fragmento de los publicado por el Senado de México en el 2014, proveniente de una reflexión sobre justicia en las Naciones Unidas, donde teóricamente se defiende al ciudadano por sobre la delincuencia:


En el diagnóstico publicado en el año 2003, por la Oficina del Alto Comisio- nado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México,1 dentro del conjunto de recomendaciones planteadas por académicos y organizacio- nes de la sociedad civil se incluyó adoptar un sistema penal acusatorio, y posteriormente, establecer la autonomía del Ministerio Público (MP). Vale la pena recordar el señalamiento preciso de este diagnóstico, plasmado en su apartado 2.1.1.6:



La necesidad de la independencia y autonomía del ministerio público han sido reconocidas por los organismos de derechos humanos y por los miembros de la academia, como una condición indispensable para el adecuado funciona- miento del sistema de justicia penal, así como una forma de evitar la incorpo- ración de criterios políticos en decisiones que deben regirse exclusivamente por razones de justicia [...] Cabe advertir, no obstante, que el conferirle auto- nomía al MP sin que se adopte un sistema procesal de corte acusatorio podría resultar contraproducente. En efecto, se constituiría así un órgano con poder excesivo, ya que sólo el sistema acusatorio impone controles adecuados sobre la actividad cotidiana del MP (p. 12).



Aunado a lo anterior, en el diagnóstico también se advirtió sobre la necesidad de promulgar una ley general que normara y separara las fases de la investi- gación y de la instrucción (presentación de pruebas ante el juez para la pre- paración del juicio) de los delitos, de manera que no fuese el MP la institución encargada de investigar e instruir. Pero quince años después de la publicación de este diagnóstico, seguimos sin concretar éstas y otras recomendaciones relativas a la justicia penal y la seguridad pública.
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