Ediciones Culturales Internacionales un mega fraude
(Toluca,
Estado de México,
)
Categoría: Medios de comunicación / Editoriales, Impresos y Periódicos
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73312
pregunte por la persona que supuestamente trabaja en el consejo de la judicatura y no lo conocen obvio ese no es el lugar, busco el telefono del consejo de la judicatura y pregunto por esta persona y me dicen que no conocen a ninguna persona laborando ahí con ese nombre y les comento si están ubicados en calle que me dieron y me dicen que no, que se domicilio corresponde al consejo Estatal de la mujer, pregunto por esta persona y tampoco lo conocen.
quiere decir que la información que manejan es falsa y existe ninguna demanda. ademas le hablaron a mi referencia diciéndole, que sería detenida la hora de la llegada de su vuelo, porque el juez así lo había determinado, si una notificación nada, solo estan amedrentando a todo aquel que se deja haciéndose pasar por jueces y personal del ministerio publico, es cual nunca va a hacer llamadas telefonicas de tal indole y mucho menos con amenzas.
hoy me hablo una persona de sexo femenino el despacho de cobranza de Ediciones Culturales Internacionales, (nuevamente, no que no había nada mas que decir con respecto al adeudo y por eso me mandaron a un abogado de bufete juridico Beristain & Carpizo y asociados. a lo cual le comente que nos veríamos el día lunes en el lugar indicado a la hora indicada. y me colgó
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Comentarios sobre esta queja
Buen día:
Aquí repito lo que escribí en otro caso parecido; aqui los enlaces que amplían la información: Link Link
No tienes nada que temer de este supuesto embargo o para cualquier demanda según sea el caso, no es más que un fraude o engaño para sacarte dinero, el embargo solo procede mediante demanda ante un juzgado solo un juez puede dictar el embargo y eso después de citar a las partes ante el.
Por ello, las agencias de cobranza extrajudicial NO tienen facultades para ordenar este procedimiento, pues ello corresponde únicamente a un juzgado civil.
Para que un acreedor, llámese Banco, Institución Financiera, Casa Comercial, Departamental, etc,, te pueda embargar, primero deben demandarte, y la demanda es un proceso legal que consiste en que tu proveedor prepare un escrito inicial de demanda, para lo cual deben contratar un abogado. Posteriormente debe llevar dicho documento ante un Juzgado, quien le sella de recibido el documento.
El Juzgado debe analizar si la demanda está completa y cumple todos los requisitos, es decir que sea procedente. Si es así, entonces te programan una visita del Juzgado (NUNCA por teléfono ni enviando a un cobrador de despacho). Te envían un representante del Juzgado a tu casa o el domicilio (la que el Demandante haya indicado como tuya en su demanda). Una vez que se presenta en tu casa el Representante del Juzgado (Actuario), debe Identificarse plenamente y debe presentar el expediente original donde conste en qué juzgado radica el asunto, quién es el actor (acreedor), por qué requiere al deudor (deuda). La documentación no es válida sin sellos originales o si se alterna por fotocopias.
Los empleados de “extrajudiciales” (entiéndase que NO tienen poder legal para realizar sus acciones, YA que todo lo que diga “extrajudicial” significa por fuera de los juzgados o bien, por fuera de la ley) alquilan un camión de mudanzas, toman varios documentos para cobro, generalmetne de los más atrasados y literalmente se lanzan en bolita con un “seudo-actuario” (Falso y que si lo denunciamos podría ir a la cárcel por usurpación de funciones) a “embargar” pero sin orden del juez.
Por ,o que veo las casa editoriales son muy dadas a amenazar y amedrentar con demandas y/o embargos, solo es cuestión de estar bien informado.
Suerte
Aquí repito lo que escribí en otro caso parecido; aqui los enlaces que amplían la información: Link Link
No tienes nada que temer de este supuesto embargo o para cualquier demanda según sea el caso, no es más que un fraude o engaño para sacarte dinero, el embargo solo procede mediante demanda ante un juzgado solo un juez puede dictar el embargo y eso después de citar a las partes ante el.
Por ello, las agencias de cobranza extrajudicial NO tienen facultades para ordenar este procedimiento, pues ello corresponde únicamente a un juzgado civil.
Para que un acreedor, llámese Banco, Institución Financiera, Casa Comercial, Departamental, etc,, te pueda embargar, primero deben demandarte, y la demanda es un proceso legal que consiste en que tu proveedor prepare un escrito inicial de demanda, para lo cual deben contratar un abogado. Posteriormente debe llevar dicho documento ante un Juzgado, quien le sella de recibido el documento.
El Juzgado debe analizar si la demanda está completa y cumple todos los requisitos, es decir que sea procedente. Si es así, entonces te programan una visita del Juzgado (NUNCA por teléfono ni enviando a un cobrador de despacho). Te envían un representante del Juzgado a tu casa o el domicilio (la que el Demandante haya indicado como tuya en su demanda). Una vez que se presenta en tu casa el Representante del Juzgado (Actuario), debe Identificarse plenamente y debe presentar el expediente original donde conste en qué juzgado radica el asunto, quién es el actor (acreedor), por qué requiere al deudor (deuda). La documentación no es válida sin sellos originales o si se alterna por fotocopias.
Los empleados de “extrajudiciales” (entiéndase que NO tienen poder legal para realizar sus acciones, YA que todo lo que diga “extrajudicial” significa por fuera de los juzgados o bien, por fuera de la ley) alquilan un camión de mudanzas, toman varios documentos para cobro, generalmetne de los más atrasados y literalmente se lanzan en bolita con un “seudo-actuario” (Falso y que si lo denunciamos podría ir a la cárcel por usurpación de funciones) a “embargar” pero sin orden del juez.
Por ,o que veo las casa editoriales son muy dadas a amenazar y amedrentar con demandas y/o embargos, solo es cuestión de estar bien informado.
Suerte
No es por defender a la empresa pero ellos no son beneficencia pública para que les pagan cuando uno quiera. Tiene que pagar rentas, empleados, servicios, impuestos. Ni modo que le digan a sus empleados que no les van a pagar porque sus deudores dicen que no están en posibilidades de pagar. No van a ir a su casa a decirle: "Por favor páguennos" o a enviar una cartita recordando que les paguen. Eso no funciona con los morosos. ¿Qué pueden hacer? Pues buscar trabajo lo más pronto posible para pagar sus deudas y si no hallan pues a vender chicles en las calles o a subir a un camión de pasajeros con una guitarra.
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