IMSS No hagas actividades que no estén estipuladas en tu profesiograma
Todo inicio cuando no había personal de la categoría de Enfermera General entonces mi jefa muy amable me pidió que la apoyara como Enfermera General siendo yo Auxiliar de Enfermería General. Yo y mi jefa teníamos muy buena relación de trabajo por ese motivo no me negué porque tengo los conocimientos ya había trabajado cuatro años en hospital particular como Enfermera general jamas había sucedido nada malo mi intención era apoyar pero me resulto contraproducente.
Desafortunadamente uno del pacientes que tenía a cargo sufre una reacción anafiláctica por la administración de Trimetropim con sulfametazol en donde padece un choque anafiláctico este me denuncia antes la autoridades correspondientes entonces me mandan a relaciones laborales en donde me imputan por daños a la salud por la reacción adversa del medicamento y por usurpación de funciones en donde realice actividades que no están estipuladas en mi profesiograma el argumento de las autoridades en contra de mi fue que el Auxiliar de Enfermería General solo auxilia que quiere decir ayuda la enfermera general en la ministración de medicamentos para nada los administra por su iniciativa.
Además la auxiliar de enfermería general solo proporciona cuidados generales en tanto la enfermera general proporciona cuidados generales y específicos de cuerdo al contrato colectivo de trabajo SNTSS – IMSS incumpliendo el reglamento interior de trabajo estipuladas en el artículo 64 fracción 1 en donde dice Artículo 64. Son obligaciones de los trabajadores:
I. Desempeñar con eficiencia y responsabilidad las labores que les
correspondan de acuerdo con los Profesiogramas.
Y mi profesiograma del contrato colectivo de trabajo dice que la Auxiliar de Enfermería General Las realiza en Unidades de Atención Médica, Puesto de
Fábrica, Puestos de Enfermería, Guarderías y Unidades Médicas Móviles.
Interviene en la recepción, identificación, atención y entrega de pacientes
con información del diagnóstico, tratamiento, evolución y procedimientos
efectuados. Toma signos vitales y somatometría. Orienta, vigila y
acompaña cuando se requiera al paciente durante su estancia en el servicio
o traslado a los diferentes departamentos de diagnóstico y tratamiento con
expediente o solicitud de estudio.
Auxilia al Médico, Estomatólogo,
Promotor de Estomatología y al personal profesional de Enfermería en el
tratamiento médico-quirúrgico del paciente, tales como: curaciones,
inyecciones, vigilancia de venoclisis y ministración de medicamentos.
Proporciona cuidados generales al paciente tales como: baño, aseos
parciales, cambio de ropa de cama y del paciente, ayuda en caso necesario
en su ingesta de alimentos y participa en cuidados postmortem.
Enseña
procedimientos higiénico-dietéticos y participa en las actividades de
educación para la salud del paciente y su familia. Participa en la visita
médica. Corrobora que el Personal de Intendencia efectúe el aseo de la unidad del paciente, equipo y mobiliario del servicio. Solicita, recibe y
entrega medicamentos, equipo, material de curación e instrumental.
Solicita y maneja ropa limpia para la atención de los pacientes a su cargo y
el desarrollo de procedimientos específicos. Prepara y/o esteriliza equipo e
instrumental de acuerdo al procedimiento establecido. Registra en forma
oportuna los datos específicos emanados de las acciones de Enfermería.
Detecta e informa al jefe inmediato las fallas en el funcionamiento del
equipo e instalaciones.
Asiste dentro de su jornada, a cursos de inducción y
capacitación al área de trabajo, a juntas, eventos científicos, socioculturales,
conferencias y a los cursos que le indique el Instituto para
efectos del mejor desempeño de su puesto y para su superación personal.
Participa dentro de su jornada, en actividades docentes, conforme a los
programas y eventos que determine el Instituto. Desempeña actividades
técnico-administrativas de las funciones descritas. En Guarderías participa
en la recepción del niño para detectar problemas de salud, y en su caso, lo
deriva a las Unidades de Atención Médica correspondiente. Verifica que
las acciones de protección específica, de acuerdo a la edad del niño, se
lleven a cabo. Participa en las actividades de promoción y autocuidado de
la salud, dirigidas al niño.
En tanto las funciones de la Enfermera General: En Unidades de Atención Médica, Puestos de Fábrica,
Puestos de Enfermería y Unidades Móviles. Realiza procedimientos
generales y específicos de Enfermería establecidos en el cuidado integral
del paciente. Recibe, identifica, atiende y entrega pacientes con
información del diagnóstico, tratamiento, evolución y procedimientos
efectuados.
Participa en tratamientos médico-quirúrgicos y efectúa
tratamientos específicos. Cumple las indicaciones médicas y verifica su
cumplimiento, previa corroboración de datos de identificación y
tratamiento en órdenes médicas y registros de Enfermería. Participa en la
visita médica a los pacientes. Ministra medicamentos conforme a
indicaciones médicas. Participa en la terapia de apoyo emocional,
ocupacional, rehabilitatoria y recreativa del paciente. Realiza
procedimientos higiénico-dietéticos y participa en las actividades de
educación para la salud del paciente y su familia. Vigila el traslado del
paciente al servicio que sea derivado y en caso que lo amerite, lo
acompaña.
Toma y registra signos vitales y de somatometría con la
frecuencia que se requiera de acuerdo al estado clínico y tratamiento.
Participa dentro de su jornada, en actividades docentes y de
investigación, conforme a los programas y eventos que determine el
Instituto y aquellas que se consideren relevantes en su ejercicio
profesional. Orienta e indica al Personal Auxiliar de Enfermería sobre las
técnicas y procedimientos de Enfermería y vigila su cumplimiento.
Registra oportunamente en papelería datos específicos emanados de las
acciones de Enfermería.
Solicita y maneja ropa limpia para la atención de
los pacientes a su cargo y el desarrollo de procedimientos específicos.
Solicita, recibe, entrega, maneja y prepara de acuerdo a las necesidades
del servicio, equipo médico, medicamentos, instrumental y material de
curación. Verifica la preparación de equipo, instrumental y material de
curación, determina su esterilización y, en su caso la efectúa. Detecta e
informa al jefe inmediato las fallas en el funcionamiento del equipo e
instalaciones. Asiste, dentro de su jornada, a cursos de inducción y
capacitación al área de trabajo así como a juntas, eventos científicos y
socio-culturales, conferencias y a los cursos que le indique el Instituto
para efectos del mejor desempeño del puesto y para su superación
personal. Participa dentro de su jornada, en el cumplimiento de los
programas establecidos por el Instituto en el área de su competencia.
Desempeña actividades técnico-administrativas de las funciones
descritas.
Acudí con el sindicato me dijeron que no podían hacer nada por mí, debido a que no respete el contrato colectivo de trabajo hice una actividad que no estaba contemplada en mi profesiograma. En tanto mi jefa negó los hechos argumentando que yo lo hice por mi iniciativa ella nunca autorizo que yo ejecutara funciones de Enfermera General. Desgraciadamente mi sanción fueron dos notas demerito nadie me defendió.
De acuerdo a un conocido que es especialista en derecho laboral y sanitario me comenta que muchas ocasiones a los auxiliares de enfermería general los obligan a realizar actividades de enfermera general como administrar medicamentos, curaciones complejas, medición de PVC, aspiración de secreciones, instalación de sondas Foley y nasogástricas, hasta circular e instrumentar en quirófanos. En pocas ocasiones los ponen a realizar actividades de la enfermera especialista en medicina de familia o auxiliar de enfermería en salud pública como Papanicolaou, aplicación de vacunas y exploración de mama.
Pero cuales son los motivos dan lugar a esta situación. En primero el jefe no tiene personal a fuerzas necesita sacar el trabajo aunque sea con auxiliares de enfermería general, el segundo el sindicato esta coludido con la autoridad, El tercero la ignorancia del trabajador.
Muchas veces no se lee el contrato detalladamente muchos jefes aprovechados le dan la interpretación a su favor. En donde el sindicato queda rebasado o comprado por la autoridad institucional.
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