Paga lo justo discriminación y engaños
(Ciudad de México,
Distrito Federal,
)
Categoría: Medios de comunicación / Sitios Web y Correo Electrónico
Por:
50459
Navegando por la web encontré un sitio de "supuesta ayuda al deudor" llamado: pagalojusto.org y al inicio me parecía que todo iba bien, las charlas amenas pero algo no me acababa de convencer.
Luego me percaté de que ese sitio tenía publicidad de esa de google donde se anuncian reparadoras de crédito y sistemas de préstamos milagrosos entre otros, cosa que no me pareció mala en absoluto ya que todos tenemos el derecho de ganarnos la vida como sea mientras sea honesto el asunto, pero al preguntar si no resultaba un poco confuso que por un lado ataquen a las reparadoras de crédito en ese lugar y que saliera publicidad de las mismas en el sitio, mi mensaje fue borrado. Bueno pensé, a lo mejor no fue correcto mi comentario y este es su foro así que seguí con mis participaciones.
Luego comenzaron a hablar de la REFRMA FINANCIERA varios integrantes del foro, teníamos dudas pero la verdad las respuestas que nos daban resultaban muy complacientes y me parecían alejadas de la realidad, asi que yo recomendé que la gente pidiera una segunda opinión con un abogado de confianza, ya que me parece un tema serio y delicado.
Yo personalmente acudí con un abogado que me recomendaron que se especializa en derecho mercantil y me dio su opinión al respecto, así como los riesgos que tenemos los deudores que todavía no somos demandados, pero que los bancos muy rara vez actúan en contra de los deudores y prefieren negociar, pero que quizás eso cambie un poco con la reforma porque precisamente para eso se hizo, como dato importante les diré que el abogado en ningún momento me ofreció sus servicios para "defenderme" de los bancos ni nada parecido, solo se limito a responder mis dudas conforme a los que según me dijo, dice la ley.
Ya con esa información publique el tema en el foro con la respuesta de este abogado, recomendando que de todas formas se acercaran a su propio abogado cada quien y que obtuvieran segunda opinión o tercera o cuarta, el chiste es que la gente se informe.
Bueno pues a los pocos minutos mi mensaje había sido editado por los administradores de la página! Lo habían cambiado todo y decía que yo "por w*y" había perdido $400 (lo que me cobro el abogado por la consulta) y que había recibido el consejo de un leguleyo barato… Todo cambiado y diciendo cosas que ni al caso. Me quede con cara de "que ped0"! Lógico reclamé pero mas tarde yo en reclamar que ellos en banearme de su foro.
Ya se que es SU FORO y que pueden hacer lo que les venga en gana con el, pero lo que no se vale desde mi punto de vista, es que engañen a la gente tratando de evitar que esa gente se informe aparte de las supuestas "asesorías" que dan ahí, la verdad eso si está muy mal, porque con tal de mantener a la gente en su sitio dando clics en su publicidad (no muy honesta y hasta engañosa a veces), arriesgan el patrimonio de las personas.
Así que mi consejo ahora es que siempre vean bien en donde piden consejos, una página de internet llena de gente anónima y sin rostro es el peor sitio al que podemos acudir a pedir ayuda. Si bien en la web hay mucha información útil y real, también está plagada de estafadores o de gente abusiva a la que le vale la suerte de las personas que acudan con ellos y lo único que les importa es tener una ganancia a base de mentiras y de engaños.
Gracias por leerme y buenas tardes.
+ Quejas Apestan.com
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Comentarios sobre esta queja
Amigo por aquí andamos muchos a los que esos estafadores defraudaron de laguna forma. Que bueno que denuncies a esos mentirosos que se esconden cobardemente en el anonimato que les da la internet.
Yo igual que tu fui víctima de sus engaños: Link
Y si buscas un poco veras que no somos los unicos que fuimos víctimas de esos sujetos, hay muchos otros casos similares y se siguen acumulando constantemente.
Yo igual que tu fui víctima de sus engaños: Link
Y si buscas un poco veras que no somos los unicos que fuimos víctimas de esos sujetos, hay muchos otros casos similares y se siguen acumulando constantemente.
no te discrimaron, simplemente les dio miedo que les tiraras su teatro con el que estafan a la gente.
como consejo, lo mejor es acercarse directamente a las instituciones donde se adquirio la deuda y negociarlo, jamas utilices un tercero para arreglar lo que tu mismo puedes hacer.
como consejo, lo mejor es acercarse directamente a las instituciones donde se adquirio la deuda y negociarlo, jamas utilices un tercero para arreglar lo que tu mismo puedes hacer.
Absoluta razón valentino y al quejoso: te dejo una guía muy buena para que sepas como negociar tu deuda y no caigas en manos de estafadores como los pagajustinianos, otra vez: Link
Muchas gracias ambos por sus comentarios y tienen razón: No me discriminaron, sobo más bien les resulte peligroso para su negocio. Que desgraciados!
Que bueno que se ponga al descubierto a estos individuos fraudulentos... Gracias por el aviso.
Es cierto es bueno poner al descubierto a esas personas y mas a foros que engañan a la gente con su puestas demandas, y cosas por el estilo, bravo jorgelios
Gracias por sus comentarios, seguiré informando de cualquier cosa que acontezca.
Gracias por el aviso.
Encontré información valiosa:
Artículos 14, 16 y 17 constitucionales:
Artículo 14.
Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.
Explicación: Esto quiere decir que no puede haber un "embargo", sin que antes el acreedor inicie un juicio en contra del deudor. Aquello de que "mañana lo vamos a embargar si no paga", sin que antes seas demandado, es una mentira.
Artículo 16.
Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente (juez), que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Explicación: Ningún cobrador o abogado puede requerirte en ningún lugar, tampoco puede obligarte a dejarlo entrar ni llevarse nada de tu casa. Sólo un juez tiene la facultad legal de hacerlo.
Todos aquellos papeles que le llegan al deudor con supuestas "notificaciones de embargo", no valen nada legalmente, pues no son enviadas desde un juzgado.
Artículo 17.
Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.
Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.
Nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil.
Explicación: Ningún cobrador o abogado puede llegar y "embargar" nada, se requiere una orden judicial y para eso, una demanda en contra del deudor.
No pueden cobrar el costo generado por el juicio (en caso de demanda) al deudor.
Nadie puede ir a la cárcel por deberle dinero a un banco, tienda departamental o agiotista.
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subir Artículos 14, 16 y 17 constitucionales:
Artículo 14.
Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.
Explicación: Esto quiere decir que no puede haber un "embargo", sin que antes el acreedor inicie un juicio en contra del deudor. Aquello de que "mañana lo vamos a embargar si no paga", sin que antes seas demandado, es una mentira.
Artículo 16.
Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente (juez), que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Explicación: Ningún cobrador o abogado puede requerirte en ningún lugar, tampoco puede obligarte a dejarlo entrar ni llevarse nada de tu casa. Sólo un juez tiene la facultad legal de hacerlo.
Todos aquellos papeles que le llegan al deudor con supuestas "notificaciones de embargo", no valen nada legalmente, pues no son enviadas desde un juzgado.
Artículo 17.
Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.
Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.
Nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil.
Explicación: Ningún cobrador o abogado puede llegar y "embargar" nada, se requiere una orden judicial y para eso, una demanda en contra del deudor.
No pueden cobrar el costo generado por el juicio (en caso de demanda) al deudor.
Nadie puede ir a la cárcel por deberle dinero a un banco, tienda departamental o agiotista.
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