Caso 115060   3  pts.  (6 calificaciones) Cía: Corevsa06/07/16

Corevsa apestan

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Corevsa
Soy una mujer de 67 años, que utiliza el transporte publico Corevsa diariamente y uno de los que utilizo es el que corre por Av. Revolución. Quisiera solicitarles que el letrero que existía en la mica que esta a espaldas el conductor, en donde especifica claramente los servicios de éste,no se cubra con anuncios, porque los conductores jóvenes no saben que un adulto mayor y/o personas con discapacidad, se les debe ceder los asintos de color amarillo y además pueden bajar por la puerta delantera
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Comentarios sobre esta queja
07/07/16
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Paco_Gonzalez1  16
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totalmente de acuerdo con usted.
07/07/16
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Sonrisas  11
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El ceder el asiento queda completamente a criterio de la persona que lo ocupa así que el chófer no puede estar al pendiente que te seda el lugar y el decender pasaje por la puerta de adelante es infracción en todo caso así lo marca el reglamento de transito.

En otras ciudades si esta reglamentado el ceder los asiento y hay multa por no hacerlo pero en la ciudad de Mexico no lo esta es por eso que la gran mayoría de camiones no tienen este tipo de asiento los camiones que los tienen son comprados usados o son camiones que alguien mas no pudo pagar y se vende con descuento en otros estados como guadalajara ahí si esta reglamentado esto ocupan 3 colores distintos para diferencial el tipo de asiento el rosa para mujeres azules para la personas de la tercera edad y amarillos para personas con discapacidad si no se respetan el chófer puede bajar al pasajero ademas en ese estado hay camiones con rampas para subir sillas de rueda que se identifican con el frente pintado de amarillo o hay camiones que traen porta bicicletas en la parte de enfrente del camión y cualquier usuario puede montar su bici en este lugar.

Pero en la ciudad de Mexico no hay ningun reglamento que autorice al chófer a levantar algún pasajero del asiento así que no lo hará y no se de donde sacaste eso de que te puedes bajar por la puerta de adelante eso nunca ha sido cierto.

Y se bastante de este tema mi familia tiene invenciones en trasporte publico desde hace 30 años actualmente se tiene unos 30 taxis 20 uber 20 camiones urbanos acciones en el metrobus linea uno y otros dos corredores viales como el que mencionas y a pesare de no vivir ya en la ciudad de Mexico a diario hablo del tema con mis familiares y me conozco el reglamento de transito de memoria ya que el no saberlo puede traernos afectaciones económicas muy fuerte por ejemplo el decender pasaje por la puerta delantera de la unidad atrae una multa de 7 a 14 mil pesos.

Por lo que si el chófer lo hace se lleva un gran regaño ya que en estas empresas se tienen cámaras de vigilancia y si el chófer se pasa alto o corre es multado por la empresa si no hace caso es despedido así que créeme esto chóferes tienen el cuidado de no cometer alguna infracción al reglamento de transito.

El único apartado en el reglamento que se habrá de la personas es el 5 y solo refiere cito "en caso de personas con discapacidad o con movilidad limitada, deben dar el tiempo necesario para que éstas se instalen en el interior del vehículo o en la acera" si no lo hace es multa de 600 a 1300 nada mas no hay ninguna ley que diga que se te debe de dejar decender la puerta delantera y por el contrario si hay un apartado que prohíbe de decender pasaje por la puerta delantera.
07/07/16
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coherencia  14
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En el transporte público, acá en Monterrey, tambien están asientos identificados que son para personas mayores, ó con discapacidad y tienen el privilegio para bajar por la parte del frente, a mi me parece correcto. Desgraciadamente, la mentalidad de muchas personas entre hombre y mujeres, es que yo pago por un asiento y de aqui no me mueven. Es triste la falta de educación de las personas.

Yo he cedido mi asiento, tanto a personas de la 3ra edad, mujeres embarazadas o con niños, o bien estudiantes que vienen muy cargados de útiles.
07/07/16
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Paco_Gonzalez1  16
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Sonrisas con todo respeto pero para esa linea de transporte publico si existe un reglamento donde se especifica que las personas de la tercera edad, mujeres embarazadas,mujeres con bebes en brazos y personas con capacidades diferentes tienen derecho a bajar por la puerta de adelante asi como existen asientos reservados para ellos. Desgraciadamente los choferes o los dueños ocultan, rayan, quitan o se hacen que no conocen este reglamento, el cual debe de estar a la vista de los pasajeros, y para muestra una imagen de dicho reglamento Link (si no se ve avisame y con gusto vuelvo a poner el link) Un saludo y buenas tardes.
08/07/16
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pastirlo  09
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Yo sólo cedo mi asiento a las personas de la tercera edad, ser adulto mayor no es elección, mientras que tener un hijo SÍ lo es, por qué antes de tenerlo no pensaron en la mágica idea de cómo movilizarse? Nosotros también nos cansamos.
09/07/16
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rey_ruben  13
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Paco_Gonzalez1 dijo algo importante sobre algunas de sus políticas de este corredor (empresa)
Yo en lo personal yo no pagaría para ir me parado si no tiene asientos me voy en otro a si de fácil. Otra cosa que la gente le guste pagar para sufrir.
09/07/16
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Sonrisas  11
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Paco gonzalez me podrías proporcionar la ubicación de esa cartelera para mandar a unos de mis chóferes a fotografiarla ya que al menos tres de los puntos de ese cartel son violaciones al reglamento de tránsitos y si trabajaran en las legalidad los deberían de multar pero que se espera de un corredor que es dueño de Serrano y que ninguno de sus camiones portan placas o permiso alguno para prestar el servicio. Me gustaría tener la foto como referencia.


Entiendo algunos puntos como cortesías pero hay algunos puntos que ponen en riesgo el trasporte. Yo di punto de vista lo di desde el punto legal donde según el reglamento de transito vigente en la ciudad de Mexico si esta empresa viola la ley al imponer a sus conductores violar el reglamento esto es aun mas preocupante que el ello de que alguien no le seda el asiento a una persona.
10/07/16
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Paco_Gonzalez1  16
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Hola de nuevo Sonrisas, la foto yo la saque del twitter oficial del gobierno del distrito federal (esta misma foto esta en el twitter de corevsa) y hay otras imagenes similares las cuales han sido tomadas por personas que se han quejado porque esta ruta no respeta dicho reglamento.

Ahora algunos puntos que vi en tu respuesta y que no son correctos, mencionas que en la ciudad de mexico no es obligatorio que el chofer levante a un pasajero por usar un asiento exclusivo y que por eso la mayoria de los camiones no cuentan con el, bueno actualmente por ley SI deben de contar con dichos asientos y el no traerlos es acreedor a una sancion o multa y esto viene estipulado en el reglamento de transporte del distrito federal

CAPÍTULO segundo

de las infracciones y sanciones

3) No cuente con los asientos y espacios preferenciales para las personas con discapacidad;

Ahora el transporte que se encuentra regulado y que trabaja bajo el nombre de una empresa como es el caso de Convesa (Corredor Revolucion S.A. de C.V.) deben de acatar las nuevas regulaciones de la ley de movilidad del distrito federal la cuales entraron en vigor en el 2014, y que implica darle preferencia a las personas con discapacidad, mujeres embarazadas y personas de la tercera edad, esto implica accesos adecuados, espacios reservados, facilidad para subir y bajar de una unidad del transporte publico, ejemplo si una persona en muletas sube a la unidad y se sienta en los primeros asientos no la vas a obligar de ningun modo a que recorra todo el interior del camion para que baje por la puerta de atras.
El transporte donde mas enfasis se ha puesto es en el metrobus donde se han adecuado la mayoria de sus estaciones y unidades con rampas, accesos, espacios etc. pero los corredores como el de revolucion deben de cumplir tambien con estas disposiciones aunque no del mismo modo es decir no existen camiones en los corredores con elevadores para sillas pero si deben de contar con asientos reservados o facilidad para que suban o bajen.
11/07/16
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Sonrisas  11
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Hola no me sirve una foto que no se saben de donde salio mejor le digo a mi sobrino de 12 años que me edite una y digo que la tome de la pagina del gobierno seria lo mismo.

Capitulo segundo de que ley o reglamento ponlo para poder saber a que te refieres.

Pon al menos el link de donde copias eso.
12/07/16
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paleroestrella  13
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SONRISAS, mencionas que:
"..y por el contrario si hay un apartado que prohíbe de decender pasaje por la puerta delantera.."
podrias indicarnos donde se encuentra ese apartado?
porque en el reglamento no veo donde prohiba el descenso por la puerta delantera.
12/07/16
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Paco_Gonzalez1  16
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Sonrisas con todo respeto pero usted me pregunto de donde yo saque la foto y yo le di una respuesta.

Ahora usted menciona que su familia tiene unidades y/o son accionistas en el sistema de transporte publico entonces no entiendo que usted mencionara que no es obligatorio los asientos para personas con discapacidad, tercera edad y mujeres embarazadas cuando en el reglamento de transporte publico de la ciudad de Mexico señala que dichos asientos si son obligatorios.
Y la ley de movilidad viene hasta señalada en el reglamento de transito el cual usted señala que conoce de memoria.

Tomado del reglamento de transito del Distrio Federal

En todo lo no previsto en el presente ordenamiento, se aplicará de manera supletoria las disposiciones contenidas en la Ley de Movilidad del Distrito Federal, en la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal y en los programas ambientales y de seguridad vial.

Y yo no tiendo a ser grosero o contestar de mala forma pero asi como me trata lo trato y le repito si su sobrino puede hacerlo pues pidale a el que busque la foto y tambien que se aprenda la ley de movilidad y el reglamento de tranporte del distrito federal para que le explique a usted de donde "yo copie" lo que puse en mi anterior comentario.

Y creo que ya no me queda mas que decir y dejo a la libre intepretacion de los moderadores de apestan.com que si algo de lo que expongo agrede u ofende al usuario sonrisas queda en ellos eliminar o mantener mi comentario.

Buen dia.
18/07/16
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paleroestrella  13
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SONRISAS, que paso? que razon me das de la disposicion legal sobre no descender pasajeros por la puerta delantera?
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