Grúas de Tránsito en el D.F.
Casi a los 15 minutos llegó la mentada patrulla e hizo el análisis y dijo que NO, que no debían bajar mi coche, que no entraba eso en el reglamento, y que yo estaba infringiendo el mismo reglamento, entonces los de la grúa me dijeron que ahí mismo podía yo pagar la multa de mi coche y entonces lo bajaban y sacaron su aparato (como el de las gasolineras cuando pagas con tarjeta [en adelante: Terminal punto de venta]) y me dijeron que debía pagar $510.ºº de multa, y que eran $350 de la grúa, y el resto ($260.ºº) de la multa pero que si la pagaba ahí mismo entonces tendría el 50% de descuento en la multa, o sea sólo pagaría $130.ºº, ya sin opción tuve que sacar la tarjeta y pagar la condenada multa, $510, UN ROBO! Pero eso si, apenas requerimos de un policía y nunca hay ninguno, las calles son un asco llenas de hoyos, agujeros, baches y topes, pero eso sí, las grúas están al pendiente para levantar los coches. Y cuando un coche nos estorba nuestra entrada, entonces si, NO HAY NI una sola grúa, ni se aparecen por error.
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Comentarios sobre esta queja
por si no lo saben eso es algo que le debemos de agradecer a ese personaje que se llama andres lopez, por que el tiene bastantes intereses en las gruas ya que es dueño de gran parte de ellas, es un pillo con vestido de obeja no voten por esa persona.saludos
Disculpa pero esmo me suena a ardor, ahora para la otra ya sabes que no te debes estacionar sobre las banquetas, camellones, andadores, isletas, vias o espacios reservados a peatones hay que estudiar el reglamento, por que es muy molesto que vayas caminando por la banqueta y te tengas que bajar al arroyo vehicular para darle la vuelta a un vehiculo de una persona desconsiderada e ignorante que te obstruye el paso, ahora te recomiendo que no pienses en tu beneficio nada mas porque habemos muchas personas que nos arriesgamos al bajar al arroyo vehicular solo por q tu no quieres pagar 40 pesos de estacionamiento o meterlo a el garage. analizalo t lo encargo
saludos
saludos
ARTÍCULO 62.- En el caso de vehículos estacionados total o parcialmente sobre la banqueta, en lugar prohibido, en doble fila o frente a la entrada o salida de una cochera que no sea la propia, la autoridad competente sólo podrá retirar de la vía pública el vehículo de que se trate para remitirlo al depósito correspondiente, cuando no esté presente el conductor o persona alguna en su interior.
Cuando esté presente el conductor o alguna persona en el interior del vehículo y lo remueva del lugar prohibido, se le conminará a no volver a hacerlo. Si no atendiese la recomendación, se levantará la infracción que proceda, y en caso de negativa a mover el vehículo se enviará al depósito
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