MAPFRE apesta
Ahora después de meses me pidieron otro documento en el cuál tengo que refacturar, cosa que es muy raro porque la documentación la entregue hace en noviembre, y dicha refactura me la piden a principios de febrero la cuál entregue hace días (haciendo una pausa el mes de enero llamaba preguntando que faltaba o cuando, y para no poner nombre la chica me comentó que en MAPFRE estaban cambiando políticas desde noviembre para pagar y que no sabían aún que seguía, y eso no debería afectarme pero afectó) y ahora lo único que les pedí en la última llamada fue una fecha definitiva que no importaba que se tarden un mes más pero que me digan cuando, obvio no me la dieron. Esto sólo es la punta del iceberg y sería muy extenso comentar todo. Gracias!!
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Comentarios sobre esta queja
La Ley sobre el Contrato de Seguro, y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, son congruentes al referir que las aseguradoras deben pagar el daño SIN quedarse con la propiedad de lo salvado, ya que es una indemnización en dinero.
Por el siniestro, la propiedad de las cosas no se traspasa a la aseguradora. Y si la aseguradora quiere quedarse con lo salvado, debe pagarlo.
PERO, tanto CONDUSEF como la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, le exigen a los asegurados que traspasen la propiedad de lo salvado para recibir el pago de la indemnización. Eso es ilegal.
Y peor, que las normas fiscales exigen que el asegurado, ''facture'' la ''venta'' de lo salvado (ya no basta el endoso, sino que debe facturarse). Por lo que el asegurado debe darse de alta como vendedor de coches para cederle los derechos a la aseguradora.
Y como es facturar, del monto de la indemnización (80% del valor salvado, porque el 20% faltante corresponde al deducible), deducen impuestos, y al asegurado, sólo le queda, si bien el va, un 60%.
Por desgracia, por verdadera desgracia, es requerido iniciar la instancia en CONDUSEF para lograr el pago de la indemnización.
Por el siniestro, la propiedad de las cosas no se traspasa a la aseguradora. Y si la aseguradora quiere quedarse con lo salvado, debe pagarlo.
PERO, tanto CONDUSEF como la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, le exigen a los asegurados que traspasen la propiedad de lo salvado para recibir el pago de la indemnización. Eso es ilegal.
Y peor, que las normas fiscales exigen que el asegurado, ''facture'' la ''venta'' de lo salvado (ya no basta el endoso, sino que debe facturarse). Por lo que el asegurado debe darse de alta como vendedor de coches para cederle los derechos a la aseguradora.
Y como es facturar, del monto de la indemnización (80% del valor salvado, porque el 20% faltante corresponde al deducible), deducen impuestos, y al asegurado, sólo le queda, si bien el va, un 60%.
Por desgracia, por verdadera desgracia, es requerido iniciar la instancia en CONDUSEF para lograr el pago de la indemnización.
pidan su contrato antes de firmar cualquier cualquier documento , muchas empresas solo te lo dan cuando firmas y ya no puede shacer nada.
Yo te puedo ayudar, comunicate al 045 44 31 67 57 62 e.marin@live.com.mx
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