Caso 13561   5  pts.  (2 calificaciones) Cía: Santander01/09/08

Santander, robos

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Buenos días! escribo por la inquietud que tengo y quisiera me orienten. Soy empleada de Secretaría de Educación desde hace 20 años, y hace como dos años cuento con tarjeta de servinomina de Santander serfin, anteriormente me pagaban con cheque, el caso es que a nostros los masetros nos pagan días antes de la quincena como en este mes mi pago fue realizado el día 27 de agosto del presente y cual fue mi sorpresa que que el viernes voy al cajero y solo había 361.17 siendo que siendo que debería de haber 9,919.38 , claro que se me fue la sangre al suelo y de imediato hable a la pagaduría de secretaría y ahí me comenta la señorita que si habia sido depositado mi sueldo, me da un no. de tel para que hable a serfin, hable imediantamente y me dice la persona de serfin que ellos lo retiraron pues yo tengo adeudo de serfin ligth, senti un impotencia enorme pues me dejaron solo una minima parte, yo soy el sustento de mi familia tengo una hija y obiamente con eso no vivo para la quincena, mi pregunat es que seguridad tenemos si nuestro sueldo es depositado en tarjeta, no me parce justo pues no hubo un previo aviso de lo que iban a proceer ni nada, la verdad no se que hacer. les agradezco sus comentarios.
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Comentarios sobre esta queja
02/09/08
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linareso  07
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Elena,

Lamentablemente el banco tiene la razón, en el contrato de sus tarjetas de crédito existe la siguiente clausula:

El CLIENTE faculta al BANCO para cargar en cualquier cuenta de depósito que este último le lleve al CLIENTE, el importe de cualquier saldo del crédito no pagado dentro de los plazos previstos y que por tanto deba considerarse vencido de conformidad con las estipulaciones de este Contrato.

Revisa tu contrato y si tienes alguna duda la recomendación es acudir a la CONDUSEF.

Salu2
02/09/08
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Pepe_72  / José Aguilar López / 08
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Hace tiempo, no recuerdo pero aprox 5 años, la Suprema Corte declaró válidas estas acciones por parte de los bancos, osea, cobrarse a lo chino, desgraciadamente traía ese adeudo y cuanto lo vió lo tomó para recuperar lo que usted les debía. Para mi forma de ver esto es legal y justo ya que se le debía al banco.
02/09/08
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Voidy Anew  / Dave Gahan  / 08
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Pues qué poca, pero así son las acciones frías de todos los bancos, igual les puede decir que mañana se muere porque le falta un tratamiento que debía pagar con ese dinero, igual no responderían.

Simplemente una masa anónima de empleados cuyo fin son sus utilidades.

Todos los bancos son así, ni modo, tratar de no tener deudas con sus dichosas tarjetas.

No hay de otra más que pagar, a esos usted no les va a ganar y créame que he tenido mis experiencias también.
03/09/08
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MAGDA ALEJANDRO  08
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No puedo creer, que se le de la razón al banco y mucho menos que toda una Institución como lo es Secretaría de Educación, no proteja al magisterio o empleados administartivos, ya que este tipo de trámite no se nos notificó y el pago de servinómina simplemene fué masivo, si no nos gustaba se daba de baja, pero por lo pronto los empleados del banco ganaron comisiones por aperturas de cuentas y me imagino que el que autoriza en la SE pues se lleva algun "moche" como se dice, en mi caso en ningun momento me dieron contrato y de haber sabido nunca hubiera aceptado el pago por tarjeta, pues se supone el sueldo de cualquier trabajador es inembargable (comentario de abogados visto) y tristemente por eso el país esta como esta, los banco seguiran robando, porque eso fue lo que hicieron conmigo idependientemente que yo tuviera adeudos, la verdad son uno :::::pero bueno trateré de investigar quien fue la persona que lo hizo y gracias a dios me estoy asesorando con legalmente, pues ya con esto me dedicaré a informar a mi conocidos y ellos a otros , para que retiren su servicio de nómina, y el que va a perder a la larga será serfin con la baja de tajetas, de eso me encargare yo!!
03/09/08
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ondacool  / Luis Julian Del Valle / 07
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ELENA:

Yo trabajo en la SEP y a una amiga le paso que estando sacando dinero del cajero BANAMEX, esté se trago la tarjeta, y tuvo que pagar una reposición, así que fue al área de pagos de la subcordinación para cambiar su forma de cobro, y a la siguiente quincena le llego de manera tradicional: EN CHEQUE!

Solo llevo una carta solicitando el cambio en la FORMA DE COBRO.

Te sugiero que preguntes en tu área de pagos. Al menos aquí en Acapulco, puedes elegir el banco y si quieres que siga siendo en CHEQUES!
17/09/08
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jobu  / jobu  / 08
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Sin afan de ofender es solo un humilde comentario; Quiza como dice el país esta como está por no querer aceptar nuestras obligaciones, este "credito" sin importar en que se haya ocupado ese dinero , se tiene que pagar, cuando el banco procede a esta accion, la antecede una serie de llamadas y cartas,¿quien no ha padecido esas molestas llamadas?, en caso de no existir ningun pago ni arreglo, se llega a mora grave en la cual el banco hace uso de su clausula de contrato.
Obviamente mueve la economía familiar esta situación, pero al ser objetivo esta se pudo evitar.
25/10/08
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RAVENSTAR1973  08
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Es "legal" este asunto si nos sujetamos a las clausulas de las tarjetitas, PERO a nadie se le puede retener el salario por deudas como en las epocas de Porfirio Diaz, o cambiarlo por bienes sin preguntarle, ya hay muchas inconformidades por este sistema de cobros "a lo chino" porque afectan a terceros, en este caso a los dependientes económicos en forma grave. Como sea seguimos siendo numeros ante la ley, ya quisiera ver estas acciones nefastas en paises desarrollados como USA. Sencillamente no se puede. Solo aqui nos damos el lujo de pagar interés de 57% cuando allá a pesar de la crisis no pasa del 8%.
12/12/08
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jesura  08
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es cierto esto pero debemos tomar en cuenta la naturaleza de la voluntad de las partes en los contratos pues en este caso es falso porque alteran disposiciones de orden publico y paz social asi como a las normas protectora del salario puesto que la voluntad de las partes al contratar no puede estar por encima de el orden publico y paz social entratandose de deudasde caracter civil pues lo que hacen es un enriquecimiento ilicito los codigos civiles asi lo establecen motivo por lo cual se debe de demandar la nuliad absoluta del contrato celebrado con el banco pues esa clausula nulifica el mismo debido a que viola el orden publico asi mismo siendo una clausula nula de pleno derecho es un enriquecimiento ilicito por lo que procede la preparacion de l daño patrimonial por que si bien es cierto que el banco puede toamr de otras cuentas el articulo 104 de la ley federal deltrabajo establece que sera nula de pleno derecho cualquier cesion de derechos en favor del patron o de terceros cualquiera que sea la denominacion o razon que se le de y por ende se puede demandar ante el juzgado civil la nulidad de este contrato asi como acudir a la condusef argumentando la nulidad absoluta por violaciones al orden publico previsto en la constitucion y violaciones al art 123 de la constitucion y a la ley que de este emana que es la ley federal del trabajo todos los deudores de la banca y que recibimos el pago de la nomina deberiamos unirnos ir al congreso de la union y manifestrnos en contra y veran que nos hacen caso
12/12/08
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jesura  08
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es cierto esto pero debemos tomar en cuenta la naturaleza de la voluntad de las partes en los contratos pues en este caso es falso porque alteran disposiciones de orden publico y paz social asi como a las normas protectora del salario puesto que la voluntad de las partes al contratar no puede estar por encima de el orden publico y paz social entratandose de deudasde caracter civil pues lo que hacen es un enriquecimiento ilicito los codigos civiles asi lo establecen motivo por lo cual se debe de demandar la nuliad absoluta del contrato celebrado con el banco pues esa clausula nulifica el mismo debido a que viola el orden publico asi mismo siendo una clausula nula de pleno derecho es un enriquecimiento ilicito por lo que procede la preparacion de l daño patrimonial por que si bien es cierto que el banco puede toamr de otras cuentas el articulo 104 de la ley federal deltrabajo establece que sera nula de pleno derecho cualquier cesion de derechos en favor del patron o de terceros cualquiera que sea la denominacion o razon que se le de y por ende se puede demandar ante el juzgado civil la nulidad de este contrato asi como acudir a la condusef argumentando la nulidad absoluta por violaciones al orden publico previsto en la constitucion y violaciones al art 123 de la constitucion y a la ley que de este emana que es la ley federal del trabajo todos los deudores de la banca y que recibimos el pago de la nomina deberiamos unirnos ir al congreso de la union y manifestrnos en contra y veran que nos hacen caso
02/01/09
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Victor DF  09
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Un contrato con un banco, no puede ir en contra de la constitucion y de la Ley Federal del Trabajo, a mi me ocurrio lo mismo y acudire a la CONDUSEF para pedir me devuelvan mi dinero de mi cuenta de nómina, ya que el salario no es sujeto de embargo, ademas inmediatamente me cambiaré de banco y no pagaré un peso más a esos banqueros usureros que vienen a abusar a este país, donde el gobierno se los permite
04/01/09
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Victor DF  09
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Ya fui a la Condusef, no sirven para nada, te atienden personas sin criterio y del lado de los bancos y aunque ellos mismos admiten que no es correcto, parece que tienen la instrucción de no apoyar estas acciones aún cuando uno tiene el derecho de solicitar una audiencia conciliatoria a traves de ellos, la niegan, la condusef tambien apesta. Ni modo estamos en México, mi veredicto cambien de banco.
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